1 de septiembre de 2021 – Los querellados, un padre y cuatro hijos, habían regularizado su patrimonio en Suiza y el Caribe en 2012.
La querella por delito fiscal y blanqueo de capitales contra una familia navarra que regularizó su patrimonio procedente de cuentas en Suiza y e inversiones en el Caribe acaba de ser archivada sin llegar a juicio y a pesar de contar con los informes tributarios de las haciendas foral y estatal que respaldaban la acusación. Se trata de una resolución novedosa, ya que si bien se han dado absoluciones después de un juicio, es la primera vez que una querella que cuenta con el respaldo de ambas haciendas no pasa siquiera el corte de la instrucción y acaba archivada sin un contrainforme de la defensa.
La decisión del Juzgado de Instrucción nº 3 de Pamplona, que decretó el sobreseimiento con el respaldo de la Fiscalía, ha sido corroborada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial. Según el auto de la magistrada, “no se puede considerar que las manifestaciones de los informes tributarios de inspección constituyan verdaderos indicios y no meras sospechas que no desvirtúan las explicaciones y justificaciones dadas (por los querellados)”, por lo que al no ver justificada la perpetración del delito, archiva el caso.
En síntesis, el caso arranca en 2012, cuando esta familia (un padre y sus hijos) se pusieron en contacto con un asesor, y este con la Hacienda foral, para regularizar todas sus empresas y fondos en el extranjero. Para ello, se revisaron las declaraciones de IRPF y de IP relativas a los ejercicios no prescritos (desde 2008) y la familia también llevó a cabo una reestructuración societaria: centralizaron todos los activos del extranjero en una nueva sociedad a la que integraron una empresa en la que figuraban como titulares únicos los hijos.
LOS HIJOS, EN 2005 O 2013
La regularización no generó ninguna controversia en ese momento, según señala la Fiscalía. Fue en 2018 cuando la hacienda estatal se puso en contacto con la foral y le informó de que revisando el expediente del año 2013 no daba por válida la creación de esa nueva sociedad, al considerar que se había producido un lavado de ingresos no declarados a Hacienda. De acuerdo a la querella de la Hacienda foral, todo el patrimonio del extranjero era del padre, ya que sus hijos no figuraron en la empresa absorbida por la sociedad creada tras la regularización hasta 2013. A juicio del Gobierno de Navarra, padre e hijos “participaron de un plan para cometer un delito de blanqueo de capitales por medio de la regularización fiscal y posterior reestructuración societaria del patrimonio familiar”.
Es decir, según la querella, simularon en 2013 que los hijos ya eran titulares con anterioridad de la cuenta en Suiza y una inversión en la República Dominicana, “con la finalidad de blanquear el dinero que había escapado a la tributación”. Concretamente, la querella cifraba en 4,5 millones la cuota defraudada por los delitos fiscales de 2013 y en 4,1 la cuantía correspondiente al blanqueo de capitales con origen en delitos fiscales prescritos. Los querellados, representados por el abogado Alfonso Reclusa, sostenían que había comprado las acciones en 2005 mediante un reparto entre los hijos que se hizo con un documento privado.
SOLO “SOSPECHAS”
La fiscal solicitó el archivo del asunto al considerar que no había elementos que acreditaran un blanqueo de capitales, sino “sospechas” que no han ido acompañadas de datos que desacreditaran la declaración de los querellados y el documento privado de 2005. “Si bien administrativamente esas sospechas pueden ser válidas, a los efectos de mantener un procedimiento penal no lo son”, argumentaba la Fiscalía. En su opinión, el delito fiscal “no se sostenía a la vista de la regularización efectuada”. Es más, resaltaba que la reestructuración empresarial se hizo “siempre de la mano de Hacienda”.
La jueza de Instrucción nº 3 respaldó esta teoría y decretó el archivo de la querella, al no ver “debidamente justificada la perpetración del delito”, sin que los informes tributarios de inspección “desvirtúen las explicaciones y justificaciones dadas” por los querellados.
La Sección Primera de la Audiencia ha refrendado su decisión. Primero, descarta continuar con la investigación y practicar una comisión rogatoria a Suiza para recabar información sobre dos cuentas bancarias, ya que esta prueba ya fue solicitada en la querella y la magistrada no lo aprobó ni las haciendas interesaron que se llevara a cabo durante la instrucción. Tampoco ve indicios de que la adquisición de los hijos se produjera en 2013, pues existe documentación privada que, “en ausencia de otros datos, impide considerar que no sea cierta la tesis fiscal defendida por los investigados”, rechazando así que exista un delito de blanqueo o que la regularización fiscal fuera inadecuada.